Defensa Legal Ante un Proceso Administrativo en Materia Aduanal
Momento del Embargo Precautorio
Recurso de Revocación
Juicio Contencioso Administrativo
Amparo
Todos los importadores, exportadores, agencias aduanales, empresas de mensajeria, pasajeros en la vía internacional, y las empresas transportistas, por citar algunos, por el solo hecho de manejar y tener consigo mercancías de comercio exterior, están expuestos a sufrir el embargo precautorio de las mismas por parte de las autoridades aduaneras.
La Ley Aduanera prevé que para realizar dicho embargo precautorio se debe iniciar un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera PAMA, el cual es uno de los mas temidos entre el mundo aduanero, por las consecuencias fiscales y económicas que el mismo implica para cada una de las personas involucradas en él.
Siempre que estamos ante la presencia de un PAMA se hace imperativo el uso y comprensión del lenguaje técnico aduanero, este lenguaje involucra una gran cantidad de conceptos y términos que nos son familiares para cualquier persona y en muchos casos para muchos profesionales de la defensa legal.
Por lo anterior mucho se recomienda que la defensa del particular se le encomiende a algún profesional de la defensa de este tipo de Procedimientos, ya que a veces nos hemos encontrado con profesionales de la defensa en áreas distintas de la aduanera que cuando intentan la defensa de estos Procedimientos dejan fuera muchos aspectos fundamentales que son medulares para que la autoridad se convenza de que se esgrimo una buena defensa.
Es verdaderamente triste ver como en algunos casos las personas encargadas de la defensa no conocen la terminología aduanera aunque sean profesionales exitosos en la defensa de asuntos de otro tipo.
Las compañías que conforman ABCTrade.Biz cuentan con suficiente experiencia en la defensa en materia aduanera, permitiendo así ofrecer un servicio que pretende ayudar tanto a la agencia aduanal como al importador, exportador o transportista acerca de que hacer si eventualmente corre el riesgo de verse involucrado en un procedimiento de esta naturaleza, sobre que elementos de defensa -según el caso en particular- se puede esgrimir ante la autoridad aduanera para evitar si así procediera, el inicio del procedimiento; y en ultima instancia que hacer si el PAMA ya se ha iniciado, a fin de que se pueda agilizar y lograr el menor impacto negativo posible, es decir salir lo menos afectado que se pueda de este Procedimiento que ya por si tiene consecuencias graves.
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